CAPITULO V – NORMAS DE CONDUCTA
De los principios definidos en la sección anterior emanan las normas de obligado cumplimiento que regulan y aseguran que se respeta el Código Ético en toda la Empresa. Estas normas serán aplicadas de carácter general por todas las personas trabajadoras, sin perjuicio de aquellas otras medidas que se puedan determinar en el resto de los procesos de ADItech.
Artículo 7 – Obligaciones Éticas
La actividad de esta organización está condicionada por la cultura ética que ha venido aplicando desde su constitución. Por ello, todas las personas empleadas de ADItech realizarán su actividad cumpliendo con absoluto respeto a los principios formulados en el presente Código, y, concretamente:
En cumplimiento de la legislación vigente, respetando las leyes sectoriales que afecten a su actividad y los derechos fundamentales.
- Siguiendo la correcta práctica profesional, respetando los principios de integridad, igualdad, calidad, legalidad y de prevención.
- Guardando secreto profesional de la información que obtenga por razón de su profesión.
- Denunciando toda aquella actividad contraria a la normativa interna.
- Actuando con transparencia siempre que no afecte a información confidencial y evitando los conflictos de intereses.
Artículo 8 – Competencia desleal
ADItech se compromete firmemente a no participar en ninguna práctica desleal con respecto a otras entidades. En consonancia con este compromiso, consideraremos como competencia desleal todas aquellas acciones definidas en la Ley de Competencia Desleal, con especial énfasis en:
- Aprovecharse de una ventaja competitiva significativa adquirida mediante la infracción de leyes.
- Prácticas de captación de clientes vulnerando la normativa deontológica.
- Recepción o entrega de pagos infringiendo las normas legales sobre competencia.
- Disposiciones de exclusión de personas o grupos de personas.
Artículo 9 – Blanqueo de Capitales
ADItech respeta las disposiciones legales previstas en la Ley 10/2010, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, y por su normativa de desarrollo.
Esta organizacion actúa diligentemente para evitar transacciones, operaciones o actividades que puedan incurrir en la tipificación de Blanqueo de Capitales o financiación del terrorismo, comprometiéndose firmemente al cumplimiento de toda la normativa aplicable.
Además, ADItech dispone de procesos específicos para asegurar que el gasto de la fundación respeta los principios y controles establecidos en el presente código. Dichos controles se detallan en la normativa interna de ADItech.
Artículo 10 – Igualdad y respeto
ADItech se compromete a proporcionar condiciones laborales dignas que respeten los principios de igualdad en términos de remuneración y oportunidades de promoción, valorando al personal en función de sus méritos y capacidades al desempeñar sus responsabilidades.
Nuestra entidad está firmemente comprometida con la igualdad de oportunidades y el respeto a la diversidad, facilitando la conciliación entre la vida personal y profesional de nuestros empleados. En ningún caso toleraremos la discriminación por motivos de raza, nacionalidad, origen social, edad, sexo, estado civil, orientación sexual, ideología, opiniones políticas o sindicales, religión, u otras condiciones personales, físicas o sociales.
En ADItech condenamos rotundamente cualquier forma de comportamiento violento o agresivo, ya sea físico o verbal. Queda estrictamente prohibido hacer uso de comentarios humillantes, afirmaciones denigrantes o expresiones agresivas hacia cualquier persona asociada a la empresa. Todos los empleados están obligados a relacionarse con sus colegas con compañerismo, respeto y profesionalismo, y se abstendrán de consumir drogas, alcohol u otras sustancias que puedan afectar su comportamiento mientras estén en el lugar de trabajo.
Se fijan, en este código ético, los criterios que sigue ADItech para garantizar la promoción igualitaria y la contratación de personas por su capacitación objetiva.
Artículo 11 – Protección medioambiental
Es responsabilidad del Órgano de Administración, de la Dirección de y de Responsables establecer y supervisar la implementación de la estrategia y la organización medioambiental.
Consciente de la importancia crucial de este factor para el cumplimiento de su misión empresarial y para satisfacer las necesidades de sus clientes y otros grupos de interés relevantes, ADItech se compromete a fomentar la ecoeficiencia, es decir, a reducir progresivamente el impacto ambiental por unidad de producción. Este compromiso implica la disminución progresiva de los impactos medioambientales de sus actividades, instalaciones, productos y servicios, armonizando así el desarrollo de sus operaciones con el legítimo derecho de las generaciones presentes y futuras a disfrutar de un entorno ambiental saludable. Con este objetivo en mente, la entidad:
- Establece sistemas de gestión adecuados, basados en la filosofía de mejora continua, que reduzcan los riesgos medioambientales.
- Asegura la compatibilidad de la protección del medioambiente y la satisfacción de las necesidades sociales en materia energética.
- Promoverá en sus trabajos el respeto al medio ambiente y optará por soluciones que impliquen mayor eficiencia, sostenibilidad y digitalización
Artículo 12 – Trato objetivo
Con la intención de evitar la comisión de ilícitos penales relacionados con el cohecho, las personas trabajadoras no podrán dar ni aceptar regalos u obsequios por su actividad profesional.
Excepcionalmente, se podrán aceptar y entregar regalos cuando concurra alguna de las causas fijadas por la jurisprudencia, si los regalos:
- Son de un valor económico irrelevante o simbólico.
- Responden a motivos de cortesía o prácticas comerciales usuales.
- No están prohibidos por la ley u otro tipo de normativa aplicable.
En ningún caso podrán recibir, a título personal, dinero de clientes o proveedores, ni podrán aceptar ningún regalo si puede influir en la toma de decisiones. En caso de dudas sobre lo que es aceptable, se deberá declinar cualquier hospitalidad.
En definitiva, ADItech proscribe cualquier tipo de soborno a autoridad, funcionario público y sujetos particulares y prohíbe dar a terceros o recibir pagos indebidos de cualquier tipo si pudieren suponer una alteración al desarrollo de su actividad profesional.
Artículo 13 – Responsabilidad contable y fiscal.
ADItech se compromete a cumplir la normativa fiscal vigente. Todas las personas empleadas tiene prohibido expresamente la ocultación de información relevante, el falseamiento de cuentas, la elusión ilegal del pago de impuestos o la obtención de beneficios fiscales indebidos.
La fundación colaborará con las Administraciones Tributarias para proporcionar la información fiscal que se requiera de acuerdo con las leyes vigentes.
Artículo 14 – Conflictos de interés
Un conflicto de intereses surge cuando algún interés privado, ya sea un conflicto entre dos clientes de la propia empresa, una situación generada por relaciones familiares, intereses políticos, o intereses personales, interfiere con los intereses de la empresa. Esta situación puede llevar a que las acciones del profesional estén influenciadas por su interés personal, lo que podría resultar en una conducta no profesional e incluso ilícita.
Por lo tanto, las personas que trabajan y colaboran con ADItech están obligadas a llevar a cabo sus funciones con imparcialidad y objetividad, evitando todas aquellas situaciones personales que puedan dar lugar a un conflicto de intereses. Ningún empleado defraudará la confianza de otra entidad y no aceptará proyectos que puedan perjudicar sus intereses.
En caso de que un/a profesional identifique que su actividad, o la de un compañero/a, pueda verse influenciada por un conflicto de intereses, deberá informar de inmediato, siguiendo los procedimientos de denuncia establecidos.
Artículo 15 – Derechos Humanos
ADItech se compromete a velar por el respeto, cumplimiento, promoción y defensa de los acuerdos internacionales, legislación vigente y todos aquellos principios relativos a la protección de los Derechos Humanos, especialmente con aquellos ligados a la actividad empresarial, el derecho a la libre asociación sindical, el respeto a las personas, la igualdad de oportunidades y no discriminación y el total rechazo al trabajo infantil y al trabajo forzoso.
Artículo 16 – Secreto profesional
Debido a la actividad profesional que desempeñamos, ADItech tiene acceso a numerosa información de carácter confidencial.
Por ello, se respetará de forma absoluta la intimidad personal y profesional de todas las personas vinculadas a esta organización. Toda persona empleada desarrollará su actividad con estricta confidencialidad, actuando diligentemente con la información o cualquier otro documento que le sea confiado dentro del marco de su actividad, no pudiendo suministrar información relativa al mismo sin autorización expresa.
Se seguirá, en todo caso, lo dispuesto por la normativa interna de ADItech en materia de Protección de Datos y Confidencialidad.
Artículo 17 – Responsabilidad en la gestión.
El patronato rechaza la comisión de cualquier Delito Societario, y se compromete a actuar honestamente, evitando conductas que puedan impedir los derechos de las entidades del patronato o perjudicar a la entidad de manera dolosa.